enero 22, 2026

Tribunal para la Paz declara la correspondencia en el Subcaso Norte de Santander del Caso 03

 


La Sección de Reconocimiento de Verdad y Responsabilidad del Tribunal para la Paz de la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) declaró la correspondencia en el Subcaso Norte de Santander del Caso 03, relacionado con asesinatos y desapariciones forzadas presentadas ilegítimamente como bajas en combate entre 2007 y 2008.


La decisión se adoptó tras evaluar la Resolución de Conclusiones No. 01 de 2022 y sus anexos, y luego de revisar de manera integral la investigación adelantada por la Sala de Reconocimiento de Verdad, así como de escuchar a las víctimas, a los comparecientes, a sus representantes judiciales y al Ministerio Público.


La Sección concluyó que la investigación se ajusta a derecho respecto de 120 víctimas de asesinato y un intento de homicidio. Asimismo, confirmó que en la segunda modalidad del patrón macrocriminal se configuró el crimen de desaparición forzada, conforme a lo establecido por la Sala de Reconocimiento de Verdad.


En su análisis, la Sección determinó que la selección de los 11 comparecientes identificados como máximos responsables, postulados para la imposición de una Sanción Propia, así como la valoración de sus reconocimientos de responsabilidad y aportes a la verdad, cumplieron con los requisitos legales y constitucionales. En consecuencia, se estableció la correspondencia entre los hechos investigados, las conductas reconocidas, las pruebas recaudadas y las calificaciones jurídicas realizadas.


Como parte de la decisión, la Sección ajustó la calificación jurídica e imputó el crimen de lesa humanidad de esclavitud, en concordancia con el delito de trata de personas, a ocho máximos responsables del subcaso, en el marco de la segunda modalidad del patrón macrocriminal. De acuerdo con lo establecido, al menos 29 personas fueron víctimas de este crimen, cometido mediante la colaboración de organizaciones criminales y terceros reclutadores que, a cambio de pagos, entregaban civiles a integrantes de unidades militares para ser presentados como bajas en combate.


Adicionalmente, la Sección imputó el crimen de guerra de tortura, en concordancia con el delito de tortura en persona protegida, a cuatro comparecientes por hechos asociados a tres víctimas, decisión sustentada en los relatos aportados por las víctimas y sus familiares dentro del proceso judicial.


La declaratoria de correspondencia también abarcó los proyectos de Sanción Propia, al considerar que cumplen con los criterios formales y restaurativos exigidos por la JEP. En esta etapa, se priorizaron los proyectos con mayor vocación reparadora y restauradora, entre ellos la construcción de la Casa Campesina Multipropósito en la región del Catatumbo y el Parque Memorial “6.402 + razones para no olvidar”. De manera complementaria, se priorizó el proyecto del documental Las Verdades del Catatumbo, orientado al fortalecimiento de los componentes de memoria, pedagogía y difusión.


La Sección otorgó a los comparecientes la oportunidad de complementar su reconocimiento de responsabilidad, como paso previo a la Audiencia Pública de Verificación, que constituye la última diligencia en la fase de juicio. En esta audiencia se constatará el cumplimiento de las condiciones de contribución a la verdad y las garantías para la viabilidad de los proyectos de Sanción Propia.


Con posterioridad a dicha audiencia, la Sección de Reconocimiento de Verdad y Responsabilidad emitirá la sentencia que definirá la situación jurídica de los comparecientes.


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